Fresno, municipio colombiano


Fresno, municipio colombiano situado en el departamento de Tolima. Tiene una temperatura media de 20 ºC. Sus actividades económicas son la agricultura, la ganadería y la minería. Se explotan minas de oro y sulfuro. Población (1993), 29.908 habitantes.
Fuente: Enciclopedia Encarta 2.006

Fiestas en los pueblos de Colombia


Carnaval de Riosucio
LAS FIESTAS DEL DIABLO
La figura del diablo ha sido fundamental en la historia de las culturas
afroamericanas. Durante el periodo colonial, sus festejos de tambor,
danzas y prácticas curativas siempre fueron asociadas al demonio. Como
una estrategia simbólica de resistencia, la gente africana se apropio de esa
imagen para enmascarar ritos y personajes propios de sus lugares de origen, manteniendo así la fuerza de sus tradiciones. De este modo, la
demonización, estigma que les cerró las posibilidades de ascenso social,
educación o trabajo fue utilizada de manera estratégica por los esclavizados
para preservar diferentes aspectos de sus culturas ancestrales. El diablo y
sus acciones han sido símbolo de resistencia entre los pueblos afroamericanos.
Aparece en máscaras, relatos, carrozas y disfraces. Desde tiempos coloniales,
los misioneros que visitaron la costa pacífica afirmaban que los instrumentos
musicales de los esclavizados eran el propio demonio y bailar al son de los
mismos fue considerado como un acto satánico. Estas acusaciones fueron
lanzadas contra la marimba de chonta y contra la danza del currulao
característica de esa región.
Pero la fiesta más legendaria en honor al demonio es el Carnaval del Diablo
en Riosucio (Caldas). Según Ángela Pérez, esta ciudad fue fundada en 1819
por la unión de dos reales de minas: Quiebralomo, conformado por mineros
africanos, y La Montaña, habitado por indígenas embera. El poblado conservó
su antigua división, de tal manera que La Montaña ocupó la parte baja con
una plaza propia consagrada a la Virgen de la Candelaria. Quiebralomo tomó
la parte alta adoptando a san Sebastián como su santo patrono. En el año de
1846 se decretó la supresión de los distritos originales y se creó Riosucio.
Alimentándose de las tradiciones culturales de españoles, indígenas y africanos
nació el carnaval que comienza el día 28 de diciembre – Día de los Inocentes–
y termina el 6 de enero, Día de Reyes. Esos días transcurren entre desfiles
callejeros, pólvora, poesía, danza y alcohol hasta el cansancio. El día más
importante es el 4 de enero cuando la gran estatua del diablo se sienta en su
trono rodante y comienza el desfile triunfal por las calles del poblado. Lo
sigue un cortejo de personajes disfrazados, la chirimía, las cuadrillas de
oradores que relatan la tradición de su gente y denuncian los problemas
sociales; por supuesto acompañados de los polvoreros de Supía. Del otro
lado del pueblo, los matachines sobre un tablado, esperan la llegada de su
majestad. Cuando el diablo llega, comienza un duelo de palabras donde
ambos bandos descargan sus inconformidades. Es una larga ceremonia
literaria donde el pueblo ejercita su memoria colectiva. Los días siguientes,
son ocupados por las comparsas y los bailes de la chicha.
Entre las prácticas de ascendencia africana que aún están vigentes en ese
carnaval, podemos resaltar todas las destrezas alrededor de la oralidad.
Las cuadrillas de oradores constituidas por demonios y matachines en
oposición constante, relatan la historia de la ciudad, de los personajes
míticos de la región. Este aspecto convierte la fiesta en una evocación del
pasado y en una manifestación del inconformismo de estos pueblos
descendientes de mineros de origen africano. Es posible encontrar ese doble
atributo de la oralidad como denuncia y remembranza colectiva entre las
sociedades del África que abastecieron los mercados negreros de lo que hoy
es Colombia

PÁRAMOS EN COLOMBIA: UN ECOSISTEMA VULNERABLE

 
PÁRAMOS EN COLOMBIA: UN ECOSISTEMA VULNERABLE
Luís Alberto Ortiz
Mauro A. Reyes Bonilla
Introducción
Luego de un código minero que excluiría páramos y zonas protegidas de las áreas
de explotación minera, en días recientes se logró lo que podría catalogarse como un paso significativo por los ambientalistas dentro de lo que la regulación de ecosistemas de páramo se refiere. Se trata de la inclusión de los ecosistemas de páramo dentro de las
zonas excluibles de la minería en lo que respecta al código minero. Hecho que no deja de ser más que parte de un juego de leyes, cuando ya la Corte Constitucional había precisado que la norma no solo se refería a los Parques Nacionales Naturales, sino que la exclusión contenía todas las categorías de protección previstas por el marco jurídico ambiental. Y si esto sucede vale la pena preguntarse, que ante la interpretación de la norma a favor de intereses económicos particulares: ¿qué más podría suceder a pesar de que exista un nuevo amparo jurídico para la conservación de los ecosistemas de páramo? En el grupo de estudios de economía política y medio ambiente consideramos que no parece existir un panorama de tranquilidad en un país donde la minería no solo amenaza la mayoría de páramos del país; sino también cuando este es un sector jalonador de la economía en tiempos de recesión como el actual.
Jurisprudencia, principios constitucionales y páramos en peligro
El código de Minas en su reciente reforma estableció en el artículo 34 que en las
“zonas excluibles de la minería. No podrán ejecutarse trabajos y obras de exploración
y explotación mineras en zonas declaradas y delimitadas conforme a la normatividad
vigente como de protección y desarrollo de los recursos naturales renovables o del
ambiente.
Las zonas de exclusión mencionadas serán las que han sido constituidas y las que
se constituyan conforme a las disposiciones vigentes, como áreas que integran el sistema de parques nacionales naturales, parques naturales de carácter regional, zonas de reserva forestal protectora y demás zonas de reserva forestal, ecosistemas de páramo y los humedales designados dentro de la lista de importancia internacional de la Convención Ramsar. Estas zonas para producir estos efectos, deberán ser delimitadas
geográficamente por la autoridad ambiental con base en estudios técnicos, sociales y
ambientales.”
No obstante, antes de ser concebido la nueva reforma del Código Minero donde se
excluyen los ecosistemas de páramo de las actividades mineras ya existía un
ordenamiento jurídico que por sí mismo que permitiría su protección.
En efecto los páramos como ecosistemas no se encuentran catalogados como
áreas de manejo especial, como lo podría ser un Parque Nacional Natural o uno
regional, sino que se le resalta como aquel que por tener la connotación natural que
se le da puede ser importante en su aporte al recurso hídrico, así como también para
la fauna, la flora y los corredores biológicos.
Así mismo la Ley 99 de 19931, en el aspecto específico de los páramos consagró
dentro de sus principios que las zonas de páramos, subpáramos, nacimientos de agua y
zonas de recarga de acuíferos deben ser objeto de protección especial, y que la
biodiversidad por ser patrimonio nacional y de interés de la humanidad, debe ser
protegida prioritariamente y aprovechada en forma sostenible2.
Lo anterior sin mencionar como en el presente año se expidió la ley 1333 como
aquella que regula el procedimiento sancionatorio y se convierte en una de las
herramientas que poseen las autoridades ambientales para sancionar a quienes
contravengan las normas que regulan la protección de los recursos naturales y del
ambiente, además de las acciones populares y de grupo contempladas dentro de la
Constitución Política y desarrolladas por la ley 472 de 1998, así como la acción de tutela, cuando esa protección al ambiente esté en conexidad con un derecho fundamental. Todos los anteriores, antecedentes jurídicos que sin duda muestran un avance en la protección de los páramos pero que a su vez plantean el interrogante si no se tratan de sofismas de distracción ante un fenómeno económico de fondo que crea cada vez mayor presión hacia su intervención.
En sentido armónico con lo enunciado se encuentran los recientes pronunciamientos de la Corte Constitucional en sentencias de Constitucionalidad contra varios de los artículos del Código minero que de una u otra forma se refieren a actividades
de minería en zonas que pueden afectar los recursos naturales y el ambiente, en efecto,
mediante los fallos C 339 de 2002 y C 443 de 2009 ha señalado la Corte que quien debe
velar por la protección de los recursos para cuando se determine la viabilidad de
exploración o explotación de minería es la autoridad ambiental para que se mitiguen los
efectos que puedan ocasionar al medio ambiente, cuando se trate de proteger áreas
especiales por su riqueza natural.
De acuerdo con lo resaltado por el alto tribunal y con las normas que hacen énfasis
en proteger los ecosistemas de páramos, es válido afirmar que las autoridades
ambientales tienen la responsabilidad de aplicar las restricciones para este tipo de
actividad minera en ecosistemas de gran valor como los páramos y de ser exigentes en los requisitos de mitigación para que el impacto ambiental no sea grave, cuando la ley
permita las exploraciones en zonas que siendo de manejo especial por sus características
especiales, se puedan llevar a cabo por aquello del desarrollo sostenible
Fuente: Observatorio Medio Ambiental
Grupos de estudio en economía política y medio ambiente
PÁRAMOS EN COLOMBIA: UN ECOSISTEMA VULNERABLE
Luís Alberto Ortiz
Mauro A. Reyes Bonilla

Cerrito- Valle del Cauca- Colombia

 
Cerrito, municipio colombiano situado en el departamento del Valle del Cauca. Tiene una temperatura media de 23 °C. Sus actividades económicas son la agricultura, la ganadería y el comercio. Allí se encuentra la laguna de las Tres Américas. Población (1993), 46.463 habitantes.
Fuente: Enciclopedia Encarta 2.007

Granada, Meta, Colombia


Granada, municipio colombiano situado en el departamento de Meta. Tiene una temperatura media anual de 26 °C. Sus actividades económicas son la agricultura y la ganadería. Se celebra el Festival de la Cosecha. Población (1993), 34.123 habitantes.
Fuente: Enciclopedia Encarta 2.007

El canal del Cura

 
EL CANAL DEL CURA: PATRIMONIO HISTÓRICO DEL
CHOCÓ Y RAÍCES DE LA ARQUEOLOGÍA AFROCOLOMBIANA1
Jhon Antón Sánchez
INTRODUCCIÓN
Raspadura es un lugar obligado tanto para el turismo como para la investigación historiográfica y antropológica. El pueblo fascina por la calidad humana de sus habitantes y por la nostalgia histórica que representa. Su forma arquitectónica
refleja el estilo circular que caracterizó a lo míticos palenques, donde
seguramente el Rey Barule se refugiaba cada vez que subversivamente atentaba
contra la oligarquía criolla esclavista de Tadó, Nóvita o San Pablo.
Además, Raspadura posee otras razones para llamar la atención como un punto
nodal de la cultura y la historia de la región: No sólo es la cuna celosa del
Santuario del Ecce Homo, sino que igualmente podría ser “la capital del
conocimiento tradicional” pues siempre ha tenido fama de albergar generaciones
de sabios tradicionales, chinangos y hierbateros. Incluso en el entorno de
este pueblo además del curandero Bladimiro Ampudia, existen otros raiceros
expertos en toda clase de sahumerio, emplasto y curaciones del cuerpo
(Antón 2004).
Raspadura se encuentra estratégicamente ubicada en el corazón del eje histórico
del Chocó. Investigaciones futuras podrían dar cuenta de los reductos de un antiguo palenque, que aún se conserva justo en medio de un complejo patrimonial
arqueológico a punto de extinguirse. Esto por cuanto es conocida la amenaza
manifiesta de la explotación minera con retroexcavadoras que avanza
salvajemente destrozando todo lo que se encuentra a su paso (Antón 2003).
En este eje histórico en que se encuentra Raspadura, se localizan patrimonios arqueológicos y culturales afrocolombianos como: los reales de minas de
Raspadura, el Canal del Cura, el Istmo que une los valles del Atrato y San Juan
y la colonial población de San Pablo Adentro.
En realidad el departamento del Chocó guarda para la historia colombiana
interesantes sitios patrimoniales de la historia afrocolombiana que bien pueden
ser objeto de la arqueología histórica o la arqueología de comunidades
negras. Además de la legendaria Santa María la Antigua del Darién,
encontramos los antiguos reales de minas de Nóvita Viejo en la provincia del
San Juan, el Fuerte de Murrí en la parte media del Río Atrato, las ruinas
religiosas de Soledad de Tajuato en Condoto y en Santa Bárbara en
el municipio del Río Iró, entre otras.
En cuanto al Canal del Cura, ubicado en Raspadura, su existencia ya ha
superado la duda. Desde el mismo Siglo XVIII los cronistas han dado cuenta
de su importancia. Hoy aún se conservan vestigios de su existencia. Acciones
de intervención arqueológica permitiría no solo recuperar este importante
patrimonio del Chocó sino que significaría un avance notable en la arqueología afrocolombiana. En este ensayo me limitaré a dar cuenta de los principales
registros que históricamente se han dado acerca del Canal del Cura.
Fuente: Revista Institucional
Universidad Tecnológica del Chocó “D. L. C.”
No. 23, Julio - Dic. de 2005
ISSN 1657-3498

CULTURA CALIMA - VIDA DIARIA - CARACTERÍSTICAS

  CULTURA CALIMA VIDA DIARIA CARACTERÍSTICAS La principal actividad económica de esta cultura estaba basada en el comercio de sus esculturas...